Uno de los temas más debatibles respecto al teletrabajo es sobre quién recae la responsabilidad de asumir los costos de energía, internet y equipos, lo que apreciamos impacta sobre la decisión de implementarlo. Aquí te contamos nuestra experiencia y opinión, más aún a puertas de aprobación de una nueva norma en nuestro país.

Es importante en primer lugar fijarnos en las normas locales. Partiendo por que el teletrabajo esencialmente mantiene los beneficios para los trabajadores, debemos analizar la regulación normativa prexistente en cada país y de manera particular en cada relación laboral a nivel de contractual, o de convención colectiva u otro derecho adquirido. No olvidemos que el teletrabajo no deja de ser trabajo y que por esencia se trata de relaciones con subordinación.

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En caso las normas no ayuden a definir, se deberá recurrir a la costumbre (buenas prácticas) para evaluar las opciones. (Ballon, R. 2022)

En segundo lugar, en caso la definición de lo regulado a nivel general como particular no ayude a definir el camino, la experiencia internacional y las reglas generales del derecho del trabajo y relaciones laborales, refieren que se debe apelar a las fuentes del derecho tales como: jurisprudencia, costumbre y principios generales. En ellos encontraremos respuestas basadas en usos y costumbres, buenas prácticas, casuística aplicada y sobre todo podremos enfocarnos en el marco más beneficio para las partes.

En este último terreno es que es sugerible que la norma peruana proyectada (a puertas de promulgación), pueda infundir un criterio que permita mostrar no solo una regulación general sino en esencia que permita un acuerdo entre las partes que promueva un equilibrio para lo que denominamos flexibilidad con responsabilidad. Lo contrario (vale decir: una regulación que defina que una de las partes -por lo general el empleador- es la que deba asumir todos los gastos sin dar opciones de pacto en contrario o que las partes puedan resolverlo) puede terminar atentado contra la promoción de la modalidad de teletrabajo, pues el sector empleador puede ver el tema de los costos como un factor de retención para aplicarlo, liquidando con ello su adecuada promoción e implementación.

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La experiencia nos permite promover el valor de la confianza para construir una experiencia con enfoque «flexible+responsable» (Ballón, R. 2022)

Existen diversos casos y discusión sobre el particular, ya sea desde la óptica del empleador como del trabajador. pero la clave será valorar la confianza. La experiencia incluso nos hace reconocer casos en los que empresas otorgan una dotación económica (equivalente al consumo de energía e internet) para los teletrabajadores, sin embargo, hay que analizar si es una prestación completa a distancia o por días, donde la situación podrá variar y deberá tratarse cada caso de manera particular.

Finalmente, es importante no perder de vista el foco del teletrabajo que se asocia con una serie de impactos positivos para las partes, y por tanto requiere de una visión de estar alienados a las tendencias globales de nuevas formas de trabajo flexible, pero con un enfoque socialmente responsable, lo cual implica reconocer puntos de equilibrio para la adecuada inserción de una cultura de teletrabajo en beneficio de todos.

Lima, julio de 2022

Por: Roberto Ballón Bahamondes, CEO TWSolutions

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