Por: Roberto Ballón Bahamondes, CEO de TWSolutions.
Contacto: rballon@twsolutions.com.pe.
Era el año 2004 y descubriendo el mundo del derecho en mi facultad me encontré con el teletrabajo. Desde esa fecha hasta hoy no he parado de convivir con él. Pero no sólo desde la óptica practica (ejecutándolo como tal) sino sobre todo desde el punto de vista de la investigación aplicada y desarrollo e implementación del mismo en todas las aristas requeridas y pertinentes.
En aquella época, pude observar el vacío legal existente en nuestra legislación sobre la materia, pero sobre todo me propuse en ir más allá de simplemente observarlo. Me decidí a actuar teniendo como principal motivación las palabras sabias del Dr. Luis Cavagnaro O. distinguido historiador nacional a quien tuve la oportunidad de conocer en las aulas universitarias, cuando en su clase del primer ciclo de Filosofía nos recordaba las tres formas de abogados existentes: 1) El abogado que estudia la ley pero no la aplica como debiera, 2) El abogado que estudia la ley y la aplica como debe, y 3) El abogado que no sólo aplica la ley existente sino que la crea.
Obviamente me sentí plenamente identificado con ello y es así como decidí iniciar mi primera investigación sobre el teletrabajo la misma que se convirtió en mi tesis allá por el año 2006 y que se tituló: “Implementación del teletrabajo en el mercado sociolaboral privado peruano y la necesidad de su regulación normativa promotora”. Este trabajo de investigación fue muy importante pues concluyó entre otros que existe la necesidad de regular el teletrabajo como modalidad laboral, además de promover adecuadamente su implementación progresiva en empresas, organizaciones y por qué no instituciones públicas. Las principales conclusiones del trabajo se encuentran adjuntas al presente artículo.
Considerando que el trabajo de tesis fue un documento pionero en el Perú y que incluso recibió como tal un reconocimiento a nivel universitario por su originalidad y aporte a la comunidad académica y legislativa, ello motivó a que la Facultad de Derecho de la Universidad Privada de Tacna, publique la primera edición del libro: “TELETRABAJO PARA EL PERÚ: hacia una regulación jurídica promotora” en el año 2007 en el que se incluyó estimo la primera propuesta formal de regulación normativa del teletrabajo en nuestro país. (Cualquier documento posterior con dicha referencia o nombre se deberá tener por inspirado en nuestro trabajo, pues justamente la investigación concluyó la inexistencia de trabajos equivalentes ).
El libro en mención contiene VI Capítulos, el Primero sobre la Sociedad de la Información (innovación y ventajas de las tics para la transformación del trabajo, la visión del derecho como tecnología, entre otros) , el segundo sobre la Crisis del Derecho del Trabajo (desregulación, el futuro del trabajo, la flexibilización de al relación laboral, el impacto tecnológico), el Tercero sobre la concepción del Teletrabajo (naturaleza jurídica, elementos, características, modalidades, ventajas, etc.), el Cuarto sobre el Teletrabajo en Sudamérica y la Comunidad Europea (conteniendo datos de diversos países de la región y de Europa a la fecha de la investigación), el Quito sobre los Elementos Jurídicos para la Implementación de la regulación normativa del teletrabajo (jornada, compensaciones, derechos y obligaciones, tipos de teletrabajo, el contrato de teletrabajo, aspectos colectivos, transnacionalidad del teletrabajo, entre otros).
En aquella oportunidad se propuso la fórmula legislativa y el articulado reglamentario ad hoc para la realidad de nuestro mercado socio laboral tomando en cuenta la legislación nacional vigente sobre la materia del Derecho Laboral, así como también las experiencias internacionales de éxito sobre regulación normativa que promueva realmente la incorporación adecuada sobre esta nueva figura jurídica.
Te invitamos a compartir el informe de este documento haciendo clic en: “Fundamentos para la implementación jurídica promotora del teletrabajo en el Perú”. Puedes descargar el adjunto haciendo click aquí: click.
Tacna, 13 de agosto de 2013.
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